Hasta que se aprobó la Ley del Notariado en 1862, los escribanos eran funcionarios que intervenían en numerosas actuaciones ejerciendo la fe pública, tanto judicial como extrajudicial, siendo el antecedente histórico de los actuales secretarios judiciales y notarios, respectivamente.En función de su cargo, existían escribanos de cámara, de ayuntamiento, del juzgado de los alcaldes, de Chancillerías, etc. Diego Gonçalez de Villaroel, "Escrivano de Camara de su Magestad", redactó este libro "mui util y prevechoso para la practica de los Escrivanos" incluyendo un índice de las provisiones ordinarias que se despachaban en el Consejo Real.Este facsímil, encuadernado en tela con estampaciones en granate y oro, se ha realizado sobre la edición publicada en Madrid el 12 de agosto de 1631.